Sentencia contra Gámez: el honor(?) de J.J. Benítez gana contra la verdad

tengo que hacer eco a esto, ya que es increible que decir mentiras por televisión no es estafar, pero dar una opinión acerca del que dice mentiras es contra el honor

La cosa es que un juez de Guecho (Guetxo) había aceptado la demanda de J.J. Benítez, conocido divulgador de misterios, pseudociencias y supercherías, contra Luis Alfonso Gámez, conocido luchador contra las pseudociencias y esas mismas supercherías (esceptico si quieren llamarlo así) y autor del blog Magonia, y le han cargado injustamente una indemnización de 6000 euros por «vulnerar el derecho al honor». Gámez le había acusado de «estafador» por basar su negocio » en la mentira, el engaño público y la tergiversación» con motivo de la serie de TV española llamada «Planeta Encantado», pagada íntegramente con dinero público. IANAL, pero me parece un caso claro de exceptio veritatis (es decir, acusar de estafador a un estafador no debiera ser considerado menoscabo alguno). El propio Gámez explica de forma pormenorizada el asunto.

Elpaís publicó íntegra una carta suya al director. Ni de lejos ha tenido el impacto mediático que el asunto de El Jueves, aunque probablemente se trata de un caso igual o más grave, pero sí ha tenido una importante recepción en la blogosfera.

Esperemos que esta sentencia no tenga efectos disuasorios sobre el derecho a criticar y denunciar con argumentos, como hace desde hace muchos años Luis Alfonso, a quienes se lucran del sufrimiento, la ignorancia o la credulidad ajenas.

Mentiras e invenciones = Verdades honorables

Desmentir y destapar la verdad = Injurias punibles Y esa es la justicia.

La argumentada exceptio veritatis hay que demostrarla, no basta con invocarla. Es decir, yo te acuso de estafador [juridicas.com], tú me denuncias por calumnias [juridicas.com], y si quiero que se me absuelva por la exceptio veritatis [juridicas.com], tendré que demostrar que eres un estafador, no me basta con decir «Â¡oiga, que lo que he dicho es cierto!». Es decir, tendré que demostrar que:

  • Has actuado con ánimo de lucro (o sea, para obtener una ganancia económica).
  • Has utilizado engaño suficiente (o sea, el engaño no era burdo).
  • Has producido error en otro (es decir, se la has colado).
  • Le has inducido a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno (es decir, con el engaño le has sacado pasta).

Si no consigo demostrar todos y cada uno de esos extremos, no puedo ampararme en la exceptio veritatis, y he realizado una falsa acusación.

Y el código penal cita

  1. Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.
  2. También se consideran reos de estafa los que, con ánimo de lucro, y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante consigan la transferencia no consentida de cualquier activo patrimonial en perjuicio de tercero.
Además quienes leemos sabemos que su libro ese del «Caballo de troya» no es mas que un vil y descarado fusil del «Libro de Urantia«, algo asi como la biblia oficial de la religion (o secta?) llamada «El Culto de Urantia», que raya en el paganismo sensacionalista.
Nota parafraseada de barrapunto (sitio de donde tomo la nota)

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